• pararrayos, comunidad propietarios, instalación, mantenimientopararrayos, instalación, mantenimiento, comunidad propietariosLos pararrayos protegen, a las personas y a los elementos de una finca, de las descargas eléctricas que se pueden producir durante las tormentas.


Las instalaciones se regulan mediante la correspondiente normativa. Hay sistemas de pararrayos que están prohibidos y otros que cumplen la normativa vigente.

  • REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.


“Anejo B Características de las instalaciones de protección frente al rayo

1 Los sistemas de protección contra el rayo deben constar de un sistema externo, un sistema interno y una red de tierra de acuerdo a los apartados siguientes.

B.1 Sistema externo

1 El sistema externo de protección contra el rayo está formado por dispositivos captadores y por derivadores o conductores de bajada.

B.1.1 Diseño de la instalación de dispositivos captadores

1 Los dispositivos captadores podrán ser puntas Franklin, mallas conductoras y pararrayos con dispositivo de cebado.

B.1.1.1 Volumen protegido mediante puntas Franklin y mallas conductoras

2 El diseño de la instalación se hará de manera que el edificio quede dentro del volumen protegido determinado por alguno de los siguientes métodos, que pueden utilizarse de forma separada o combinada:

a) ángulo de protección;

b) esfera rodante;

c) mallado o retícula.

B.1.1.1.1 Método del ángulo de protección

1 El volumen protegido determinado por los dispositivos captadores está formado por la superficie de referencia y la superficie generada por una línea que, pasando por el extremo del dispositivo captador, gire formando un ángulo

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